Para conocimiento de los colegiados especialmente los dedicados a animales de producción, en documento adjunto damos traslado de la Resolución de 16 de abril de 2020 de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera por la que queda sin efectos la Resolución de 18 de marzo de 2020 referente a determinadas excepciones en la ejecución de los programas de erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, ovina y caprina y del programa de control y erradicación de la enfermedad de aujeszky y se establecen determinados instrumentos para la paulatina regularización de las actuaciones sanitarias.
Dicha Resolución adopta las siguientes medidas:
1.- Dejar sin efecto la Resolución de 18 de marzo de 2020 de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera que establecían excepciones en la ejecución de determinados los programas de control y erradicación de enfermedades animales.
2.- La normal aplicación de los programas de erradicación que se citan en el apartado 2 de la Resolución a partir del 20 de abril de 2020.
3.- Hasta el 15 de mayo de 2020 o hasta el fin del estado de alarma si éste último finalizara antes de la fecha indicada, se permitirán los movimientos de explotaciones con la calificación sanitaria caducada, que se citan en el apartado 3 de dicha Resolución con las condiciones que igualmente de describen.