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Curso para la Capacitación de Directores de Instalaciones de Radiodiagnóstico
enero 25 | 09:30 - febrero 2 | 15:00 CET
Estimado compañero.
Adjunto se remite información y enlace de inscripción del “Curso para la Capacitación de Directores de Radiodiagnóstico”. Es obligatorio tener la capacitación que establece el R.D. 1085/2009* para el personal que opera las instalaciones de radiodiagnóstico que tendrá lugar los días 25 y 26 de enero y 1 y 2 de febrero de 2025.
- Fecha: 25 y 26 enero y 1 y 2 de febrero de 2025.
- Horario: de 09.30 h. a 15.00 h.
- Lugar: Sede del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Sevilla (C/ Tajo, 1).
- Precio de la inscripción es de:
– 250,00€ Colegiados de colegios andaluces.
– 300,00€ Colegiados en otras provincias.
– 350,00€ Veterinarios no colegiados.
< Enlace de inscripción – Curso de directores de Radiodiagnóstico 2024 >
Las clases prácticas tendrán lugar una mañana o una tarde que se acordará con el profesor (se formarán grupos de un máximo de 6 personas, entre los asistentes).
Si estás interesado, deberás inscribirte en el link arriba indicado, realizar el pago a través de transferencia bancaria a la cuenta ES86 0081 7422 66 0001232130 y enviar resguardo de haber efectuado el ingreso correspondiente a colegio@colvetsevilla.es
La documentación requerida (título académico, fotocopia de DNI, etc.) deberán aportar los asistentes el primer día de comienzo del curso.
Informar que dicha documentación tiene que presentarla compulsada. En el Colegio la compulsamos siempre que aporten la fotocopia y original de lo requerido. Por problemas técnicos no podemos hacer las fotocopias de los documentos originales.
El número mínimo de alumnos para que se realice el curso y no sea suspendido, es de 20 inscritos antes del miércoles 15 de enero de 2025. El número de plazas está limitado según aforo (25 aprox.)
Un saludo.
LA JUNTA DE GOBIERNO
*R.D. 1085/2009
Art. 22. Capacitación del personal que opera las instalaciones de rayos X de diagnóstico médico.
- El funcionamiento de una instalación de rayos X, de diagnóstico médico deberá ser dirigido por médicos odontólogos o veterinarios, o los titulados a los que se refiere la disposición adicional segunda del Real Decreto 1132/1990, de 14 de septiembre, por el que se establecen medidas fundamentales de protección radiológica de las personas sometidas a exámenes y tratamientos médicos, que posean tanto los conocimientos adecuados sobre el diseño y uso de los equipos, sobre el riesgo radiológico asociado y los medios de seguridad y protección radiológica que deban adoptarse, como adiestramiento y experiencia en estos ámbitos.
- Cuando la operación de los equipos de rayo X no fuera a realizarse directamente por el titulado que dirija el funcionamiento de la instalación, sino por personal bajo su supervisión, éste deberá igualmente estar capacitado al efecto.
*NOTA INFORMATIVA
Los centros veterinarios tienen que cumplir la legislación vigente. En alguna comunidad autónoma ya se ha empezado a sancionar a clínicas (con 3.000,00 euros de multa). Además, en la provincia de Málaga, por ejemplo, un ex empleado ya ha denunciado al titular por hacer Rayos X sin autorización.
La Ley dice que todo aquel que maneje el equipo de RX ha de estar acreditado, por lo que sería conveniente que en todas las clínicas hubiera una persona acreditada a tal efecto en todo su horario de apertura al público (se dan casos de clínicas abiertas 12 horas con un solo acreditado, o incluso que el único acreditado trabaje para el sector público o en varias clínicas, por lo que no es posible que en todo el horario la persona acreditada permanezca en la clínica).